oda investigación criminal inicia con una etapa de recabar y preservar todo el material probatorio posible para luego iniciar propiamente las tareas de investigación. Esta primera acción se caracteriza por su urgencia y por su amplitud.
La urgencia tiene que ver con la existencia de una gran cantidad de información que con el paso del tiempo puede ser alterado o destruido. Elementos como materia biológica serán perdidas si no se resguardan como muestras debidamente tratadas, material electrónico puede ser destruido o alterado, etc. La amplitud que debe caracterizar esta etapa se relaciona con la poca información que existe en los primeros momentos sobre el tipo de delito del que se pudiera tratar. Es ilógico e indebido que una investigación inicie orientada hacia cierto tipo de delitos. Será justamente el resultado de la investigación que determine de qué tipo de delito se trata. Si la etapa inicial de una investigación carece de objetividad se corre el riesgo de recabar únicamente cierto tipo de elementos probatorios y descartar otros (que serán irrecuperables) por no considerarlos relevantes para el tipo penal particular que se investiga.
La tarea no es fácil, la tarea de recabar y preservar toda la información posible no solo exige una mirada amplia y comprehensiva, sino exige altos estándares técnicos para garantizar la cadena de custodia y la posterior validez de la prueba.
Preservar una escena del crimen permite obtener evidencias que den la oportunidad de robustecer más adelante las líneas de investigación que se adopten en el marco de un plan integral que incluya todas las posibilidades lógicas. Sin embargo, el concepto “escena del crimen” tiene una particular significación cuando se trata de “ciberdelitos”, en la medida que su realización generalmente deja huellas en “entornos digitales” o “medios electrónicos” y no necesariamente en los contextos tradicionales del espacio físico en donde comúnmente se cometen otro tipo de delitos.
Tal situación resulta especialmente relevante para las y los abogados en su labor de representar los derechos de las niñas, niños y adolescentes víctimas de este tipo de delitos, debido a que las acciones inmediatas de preservación de la prueba deberían tener presente –justamente, algunas de las características particulares que los entornos en los que se cometen para evitar que se contaminen las posibles pruebas y se tengan que excluir posteriormente en el juicio.
Será parte del deber del abogado/a exigir la amplia y exhaustiva preservación probatoria, así como el apego a los estándares exigibles en los métodos utilizados y la cadena de custodia. De esta manera, resulta necesario que las y los abogados de la PPNNA adviertan algunos aspectos que resultan fundamentales al momento de presentar una denuncia:
a) Las primeras acciones deben ser adoptadas de forma inmediata, aunque con información limitada. En otras palabras, las y los abogados no deben esperar a que la fiscalía tenga un plan integral de investigación para exigir que se adopten las primeras acciones urgentes. De hecho, a partir de la información que se obtenga con la sola noticia criminis, podrían activarse acciones inmediatas que tendrían que ser exigidas a la fiscalía.Por ejemplo,la solicitud para la inmediata certificación judicial de la existencia de páginas o sitios web; correos electrónicos; mensajes de texto ubicados en cualquier medio electrónico; certificación de contenidos en redes sociales; certificación de metadatos que permitan la identificación de direcciones IP que posteriormente permitan la identificación de equipos informáticos, lugares geográficos de la comisión de los delitos, etc., constituyen acciones inmediatas que deben ser adoptadas, desde luego, con el auxilio de expertos informáticos y buscando el mayor grado de intervención judicial para evitar la contaminación de las pruebas.
b) Intentar incluir en esta fase la declaración de la víctima. Una de las pruebas más importantes y valiosas es la declaración de las niñas, niños o adolescentes que han sido víctimas de un ciberdelito sexual. Precisamente por ello y en la medida que debemos recordar, la actuación de las y los abogados debe privilegiar la protección de su integridad física y psicológica, por lo que debe realizarse en las mejores condiciones posibles, con la participación de expertas o expertos y en lugares y condiciones adecuadas para tal fin.