n casos relacionados con violencia –particularmente la de carácter sexual-, es común que por la propia dinámica del “enganche” o “modo de vinculación” entre las víctimas y sus agresores, existan vínculos de carácter emocional que tengan como consecuencia que las víctimas no tengan disposición o aparente voluntad para denunciar tales ilícitos. Ante esta situación, las y los abogados deben plantearse cómo resolver esta negativa de denuncia por parte de la niña, niño o adolescente.
La respuesta a esta interrogante en un inicio no es complicada. Se pueden hacer muchas cosas para documentar e investigar un caso que no depende –en principio- de la declaración de la víctima del delito; toda vez que la violencia que afecta a niñas, niños y adolescentes es de interés público y obliga a las instituciones del Estado, particularmente a la PPNNA, a actuar de manera inmediata brindando protección especial y representación legal. En este sentido, se podrán tomar en cuenta las siguientes consideraciones aunque no se cuente con la anuencia de la víctima del delito:
a) Dar vista de forma inmediata ante las autoridades competentes. Poner en conocimiento la existencia de un delito cometido en contra de niñas, niños o adolescentes tiene un valor importante, toda vez que permite la activación de una serie de medidas tanto para el resguardo de la evidencia disponible, como para el inicio de una investigación que eventualmente será útil para frenar este tipo de conductas.
b) Solicitar el aseguramiento inmediato de cualquier evidencia con la que se cuente. Resulta de enorme importancia que las autoridades que tienen a su cargo la investigación de esta clase de delitos actúen con el mayor sigilo y resguarden la mayor cantidad de evidencia que les sea posible bajo adecuados parámetros científicos que permitan su posterior utilización dentro de un juicio.
c) Asumir la investigación desde una “perspectiva macro”. Existen dos formas de plantear la investigación de los ciberdelitos sexuales. Una de ellas implica asumir que el delito cometido no constituye un hecho aislado, sino que forma parte del patrón de comportamiento de personas o grupos de personas que actúan de manera organizada o bajo el mismo modus operandi.
Asumir una perspectiva macro de un delito en aquellos casos en que no se cuenta con la voluntad de la víctima de un delito en específico, puede ser importante en la medida que, asumir tal punto de vista, nos permitirá identificar un conjunto de elementos de prueba que no necesariamente requieren de la declaración de la víctima de un caso. De esta manera, la sola noticia críminis abre una oportunidad que permite exigir a las autoridades la elaboración de un plan de investigación; asumir que es posible que existan más víctimas relacionadas con un patrón de comportamiento y; por lo tanto, que resulta necesaria la realización de acciones con debida diligencia que estén guiadas por la protección del interés público, en la medida que existen más niñas, niños o adolescentes que potencialmente pueden ser referidos como víctimas del caso.
a) Construir una investigación basada en pruebas científicas. La existencia de ciberdelitos sexuales cometidos contra niñas, niños o adolescentes, requiere de la exigencia a las fiscalías encargadas de su investigación de incorporar los más altos estándares en materia de prueba científica. Desde esta perspectiva, al menos deberían verificarse dos aspectos esenciales:
- Que la recabación de evidencias (particularmente cuando la misma se realice a través de mecanismos informáticos) evite la contaminación de las evidencias. Adicionalmente, los procesos de obtención, preservación y desahogo deberían, en la mayor medida de lo posible, ser sometidas a procesos de control por parte de las autoridades judiciales a efecto de que las mismas puedan ser utilizadas de manera adecuada en el juicio, y
- Qué el material obtenido pueda ser sujeto de procesos de carácter pericial que permitan la obtención de información asociada con las evidencias obtenidas, evaluaciones técnicas sobre su autenticidad, así como su vinculación con otros medios de prueba.
b) Solicitar la intervención inmediata del equipo interdisciplinario de las PPNNA con la finalidad de obtener un diagnóstico inicial sobre las necesidades y medidas de protección que sean adecuadas para salvaguardar la vida, integridad y libertad de niñas, niños y adolescentes víctimas. Particularmente, tal evaluación especializada resulta particularmente útil en la medida que permitirá contar con mayores elementos relacionados con factores que pudieran condicionar la libertad y autonomía de niñas, niños y adolescentes en relación con las decisiones que asumen a lo largo de un proceso.