as y los abogados de la PPNNA no son cualquier tipo de abogados. Existe una enorme diferencia entre la obligación que tienen frente a una niña, niño o adolescente y aquella que tendrían si fueran litigantes particulares. Las y los abogados de la PPNNA tienen un papel único y peculiar: son representantes legales especializados en infancia y adolescencia pero también son abogadas y abogados del Estado. Esta situación hace que su actuación quede sujeta a los más altos estándares exigibles tanto para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, como aquellos exigibles de un servidor público.
Las y los abogados de niñas, niños y adolescentes asumen una obligación reforzada. Es decir, están obligados a mantener la integralidad de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Por el contrario, un litigante particular asume un caso definido por hechos específicos y no en representación de la persona o de su cliente en su totalidad; puede llevar un asunto penal en donde hay un niño víctima y ser sumamente diligente con respecto a la investigación y juicio. Sin embargo, este abogado no se involucrará si el niño es discriminado y se le niega acceso a una escuela.
Las y los abogados de la PPNNA están obligados con todos los derechos de niñas, niños y adolescentes. Les corresponde intervenir en todos los asuntos en que se requiera acción legal para la protección o restitución de los derechos de esa niña, niño o adolescente en particular. No importa la materia o el tipo de derecho vulnerado, es el representante legal de ella o él como persona de manera integral. Por ello, la o el abogado forma parte de un equipo multidisciplinario. Un litigante particular puede sospechar que una niña, niño o adolescente necesita otro tipo de asistencia, incluso puede sugerirle a sus padres que busquen otros apoyos. Las y los abogados de la PPNNA colaboran estrechamente con otras disciplinas para detectar y garantizar que la niña, niño o adolescente obtenga todos los servicios que requiere.
Las y los abogados de la PPNNA están obligados también a garantizar la protección de niñas, niños y adolescentes a través de todo procedimiento de justicia. Un litigante particular tiene la obligación prioritaria de ganar un asunto. Sin duda, se esforzará por que el proceso sea lo más amable posible con la niña, niño o adolescente, pero su objetivo principal es ganar. Los representantes legales de la PPNNA están igualmente obligados a obtener justicia y a garantizar la protección de la niña, niño o adolescente a través del proceso. Esto hace que deba ser un litigante capaz de exigir el esclarecimiento de los hechos a la vez que exige el máximo estándar de protección a los derechos de la niña, niño o adolescente en todas y cada una de las diligencias.
Finalmente, las y los abogados de la PPNNA están obligados con la niña, niño o adolescente afectado en particular por el caso, pero también están obligados con la infancia en general. Es un representante del Estado – un servidor público – y no puede actuar sin pensar en el interés público. Un litigante particular adquiere una obligación únicamente con la niña, niño o adolescente a quien representa, no tiene obligaciones oficiosas más allá de dar vista a la autoridad competente. Esto tiene implicaciones de gran importancia, particularmente frente a casos en los que una niña, niño o adolescente no desea denunciar.