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as y los abogados deberán plantear una estrategia jurídica tomando en consideración los ámbitos de acción previamente señalados y la información recabada por el equipo multidisciplinario de la PPNNA, identificando con claridad los objetivos que se buscan alcanzar a través de la estrategia planteada.

En los casos en donde exista la posible comisión de un ciberdelito sexual se deberán definir acciones orientadas a alcanzar objetivos diferenciados. Es evidente que uno de los objetivos del proceso penal es la identificación y captura de las y los responsables de la comisión del delito, sin embargo, también se busca conocer la verdad y adoptar medidas judiciales que reduzcan el impacto negativo del delito en las víctimas –por ejemplo, evitar o reducir al máximo posible la distribución o difusión de materiales de carácter sexual que se encuentren en la red.

Es importante considerar dentro de la estrategia jurídica la activación del procedimiento de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes a cargo del equipo multidisciplinario de la PPNNA, que permitirá definir y ordenar medidas urgentes y especiales de protección dentro del proceso penal o bien, de manera independiente a éste, así como la búsqueda de condiciones a mediano plazo que permitan la restitución de derechos de los derechos vulnerados, a través de la elaboración y ejecución del Plan de Restitución de Derechos.

Un aspecto que funciona de manera complementaria a la investigación del delito se relaciona con la judicialización o control en materia penal, que permiten elevar los estándares de exigencia en los procesos penales, es decir, brinda la posibilidad de controlar judicialmente el trabajo de investigación o enjuiciamiento de la fiscalía.

Adicionalmente, es posible que la o el abogado se percate de la necesidad de cuestionar algunas acciones procesales para proteger los derechos de la niña, niño o adolescente a quien representa, con el propósito de obtener información que pueda estar a disposición de alguna autoridad y que no exista voluntad de los actores en el proceso de otorgarla. Para ello, es importante que las y los abogados conozcan las posibilidades que otorga el Juicio de Amparo para que se exija a las autoridades correspondientes que aporten elementos a la investigación, realicen el resguardo adecuado de la evidencia, consideren ciertos parámetros al realizar una diligencia, entre otras. De esta manera, los medios de control constitucional se constituyen como mecanismos para regularizar o aportar elementos al proceso de investigación o para mejorar los estándares de protección de niñas, niños o adolescentes.

Otro aspecto que podría ser utilizado por las y los abogados que defienden derechos de niñas, niños o adolescentes se relaciona con la activación de los órganos de protección no jurisdiccional de derechos humanos. Desde luego, el objetivo general de su uso no debería ser el de obtener una recomendación (que podría ser un aspecto secundario); sino más bien, el identificar distintas posibilidades para la documentación del caso.

Debemos recordar que existen muchas comisiones de derechos humanos cuyas visitadoras y visitadores tienen fe pública en las actuaciones que revisan, por lo que la presentación de una queja ante tales instituciones podría ser un elemento de gran importancia para resguardar la certificación de algunos componentes del expediente, la realización de alguna clase de prueba que requiera intervenciones independientes o especializadas, etc.