A. Cómo entiende y define la víctima lo que ha vivido.

L

as niñas, niños y adolescentes víctimas entienden y definen lo que les sucedió de manera particular. El modo en que quien agrede construye el contexto del delito hace que no puedan percibir lo que pasó como violencia en su contra (aunque sí lo es, ya que se sustenta en abuso de poder, manipulación, engaño, etc.).

En la mayoría de los casos, el modo en que se da el enganche hace que piensen que lo eligieron, y el vínculo que se crea entre las víctimas y sus victimarios les hace pensar que son “su mundo” y la única alternativa que tienen. Es así que entre los efectos de haber sido víctima de la explotación y el abuso sexual, puede ser que la niña, niño o adolescente defienda a sus victimarios y que no piense que le han hecho daño, por lo que puede desconfoiar de todas las personas que le ofrezcan apoyo y no pida ayuda.

En otros casos, las víctimas sufrieron amenazas y por ello se mantuvieron calladas y sin pedir ayuda.

En todos los casos, la explotación y el abuso sexual provoca confusión en las víctimas cuando enfrentan procesos de justicia. Pueden sentir culpa por lo sucedido y concebirse como responsables de ello; pueden sentir vergüenza debido al estigma que afrontarán al haber sido víctimas de la explotación y el abuso sexual; pueden sentirse desleales hacia quienes, desde su perspectiva, les ofrecieron una relación “amorosa” y de protección.

Los efectos de este tipo de delitos requieren de especialización cuando las personas adultas interactúan con niñas, niños y adolescentes, ya que no es posible comprender lo que sucede desde el sentido común. De hecho, las personas que han vivido esta forma de violencia son víctimas que “no parecen víctimas”.

Para que la participación en un proceso de justicia reporte beneficios para la recuperación emocional de la niña, niño o adolescente, quien lleve a cabo el acompañamiento procesal deberá describir adecuadamente las diligencias y sus propósitos y las oportunidades que se presentarán para contrarrestar los efectos de la explotación y el abuso sexual considerando lo siguiente:

  1. El delito genera culpa, confusión, responsabilidad sobre lo sucedido, vergüenza; mientras que el proceso de justicia puede ofrecer la no discriminación de la víctima y el respeto a su dignidad humana, el desarrollo de una investigación adecuada sin importar la historia personal de la víctima, ni su actual o anterior ocupación como elemento en su contra y el tratamiento de la víctima como víctima y no como responsable, sin importar lo que haya hecho.
  2. El delito genera ruptura de la identidad (los victimarios activamente se pueden apoderar de la identidad de las víctimas quedándose con documentos, alejándolas de quienes pudieran apoyarles e impidiéndoles pedir ayuda); mientras que el proceso de justicia puede ofrecer recuperación y reforzamiento de su identidad. Es decir, quién es, qué quiere contar en su declaración, a quiénes conoce y puede nombrar, a quiénes quiere tener cerca y a quiénes no. Todos esos elementos son centrales para reconstruir la identidad de niñas, niños y adolescentes.
  3. El delito genera afectaciones a la salud física y sexual; mientras que el proceso de justicia puede ofrecer revisiones médicas que pueden brindar información sobre cómo están y qué necesitan para restablecer la salud.
  4. El delito genera aislamiento y sometimiento; mientras que el proceso de justicia puede ofrecer diligencias en las que puede constatar que existen personas que protegen y en las que tiene un papel central para que las autoridades comprendan lo que sucedió. Puede exponer en las diligencias sus puntos de vista e intereses sin recibir rechazo o regaño por ello.
  5. El delito genera temor constante a ser agredidos y a recibir amenazas; mientras que el proceso de justicia puede ofrecer medidas de protección (para sí y para sus familiares o personas cercanas).
  6. El delito genera incertidumbre por lo que sucederá en el futuro y desconfianza de las autoridades; mientras que el proceso de justicia puede ofrecer claridad sobre qué rol le toca desarrollar en el proceso, los plazos y desarrollo del mismo.
  7. El delito genera estigmatización y rechazo del entorno social; mientras que el proceso de justicia puede ofrecer que a través de la participación de PPDNNA se genere el acceso a servicios de acogida, desarrollo y convivencia, reinserción, entre otros.
  8. El delito genera sensación de lealtad hacia sus victimarios; mientras que el proceso de justicia puede ofrecer que la responsabilidad de la sentencia recaerá sobre los jueces. No es responsabilidad de la víctima lo que le suceda a los victimarios. Independientemente de las declaraciones de las víctimas, las autoridades deben investigar a fondo el hecho por tratarse de un delito.

Quien brinde acompañamiento emocional puede retomar los aspectos enumerados anteriormente siempre que sea oportuno, para construir un encuadre de protección, quitar responsabilidad a la víctima y que el proceso de justicia sea redignificante. Por ejemplo, utilizando los mensajes siguientes:

“No importa lo que haya pasado, las autoridades tienen que investigar a las personas adultas con las que estabas; tú no estás en problemas, no van a castigarte ni meterte a la cárcel”

“Las autoridades tienen que conocer a todas las personas que estaban allí contigo para entender qué pasó; también a ti te van a hacer preguntas, pero no significa que estás en problemas; significa que puedes contarles lo que tú quieras para que entiendan qué pasa.”

“Las autoridades escuchan a muchas personas e investigan; después toman la decisión de qué hacer con las personas adultas con las que estabas. Tú puedes decirle todo lo que quieras y sientas a las autoridades porque todo lo que digas es importante. Después ellas toman la decisión que les parece correcta. Esa decisión, no depende de ti.”